San Sebastián de los Reyes acoge una jornada informativa sobre el nuevo sistema VERI*FACTU de la Agencia Tributaria
Las empresas, comercios y profesionales de San Sebastián de los Reyes disponen de más tiempo para adaptar sus programas de facturación a los nuevos requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.
Los plazos inicialmente previstos para 2026 fueron ampliados un año. Las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027. Para el resto de empresarios y profesionales afectados, incluidos numerosos autónomos, el límite será el 1 de julio de 2027.
La ampliación da más margen para revisar los programas utilizados, consultar con proveedores y asesorías y evitar decisiones precipitadas. Sin embargo, no significa que la adaptación haya desaparecido ni que convenga dejar todas las comprobaciones para el último momento.
Además, existe cierta confusión alrededor del término VERI*FACTU. La nueva normativa no crea un impuesto ni obliga necesariamente a todos los negocios a enviar cada factura en tiempo real a Hacienda. Lo que regula es cómo deben funcionar los programas informáticos empleados para facturar.
Nuevos plazos y cambios en los programas de facturación
El Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación busca impedir que los programas permitan borrar, modificar u ocultar operaciones sin dejar constancia.
Los sistemas afectados deberán garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Cada nueva factura generará un registro enlazado con el anterior, lo que permitirá detectar saltos, modificaciones u omisiones.
Los plazos de adaptación quedan establecidos de la siguiente manera:
Antes del 1 de enero de 2027 para las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades.
Antes del 1 de julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales incluidos en el ámbito de aplicación.
Hasta esas fechas existe un periodo de adaptación y pruebas. Los negocios pueden revisar sus herramientas, solicitar información al proveedor del programa y comprobar si recibirán una actualización compatible.
La regulación afecta a los sistemas informáticos utilizados para expedir facturas. Por tanto, la situación concreta dependerá de cómo facture cada negocio, de su régimen tributario y de las posibles excepciones aplicables.
Entre los contribuyentes excluidos se encuentran, con carácter general y respecto de sus propias facturas, quienes llevan los libros de IVA mediante el Suministro Inmediato de Información. También existen particularidades para determinadas operaciones y regímenes fiscales.
Por ese motivo, un comercio, una sociedad o un profesional no debería decidir por su cuenta que está excluido basándose únicamente en su tamaño, sector o volumen de ingresos. Conviene comprobarlo con la asesoría fiscal o el proveedor del sistema de facturación.
VERI*FACTU y los sistemas que no envían los registros
Aunque toda la regulación suele conocerse popularmente como VERI*FACTU, existen dos modalidades para cumplirla.
La primera es la modalidad VERI*FACTU. En este caso, el programa remite a la Agencia Tributaria los registros de facturación inmediatamente después de generarlos.
Esto no significa que se envíe necesariamente la factura completa en PDF o el documento entregado al cliente. Lo que se transmite es un registro estructurado con determinados datos de la operación.
La segunda modalidad corresponde a los sistemas de emisión de facturas no verificables. Estos programas no envían automáticamente los registros a la Agencia Tributaria, pero deben conservarlos y cumplir requisitos adicionales de seguridad.
Entre esas medidas figuran la firma electrónica de determinados registros, el mantenimiento de un registro de eventos y la posibilidad de exportar la información para facilitar su comprobación.
Por tanto, afirmar que VERI*FACTU obligará a todas las empresas y autónomos a enviar en tiempo real cada factura a Hacienda no es exacto. La remisión automática caracteriza a una de las dos modalidades previstas.
Las facturas expedidas mediante sistemas informáticos sujetos al reglamento incorporarán un código QR. Cuando el programa funcione en modalidad VERI*FACTU, aparecerá además la indicación de que la factura puede verificarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
La existencia del código QR tampoco convierte automáticamente una factura en una factura electrónica. La normativa sobre los sistemas informáticos de facturación y la futura obligación de facturación electrónica entre empresas responden a regulaciones diferentes, aunque puedan afectar simultáneamente a un mismo negocio.
Qué deben hacer ahora los negocios de Sanse
El primer paso consiste en identificar cómo se están generando actualmente las facturas.
Un negocio que utiliza un programa de gestión, un software instalado en el ordenador, una aplicación en la nube o una caja registradora con funciones de facturación debe preguntar al proveedor si ese sistema será adaptado al reglamento.
No basta con que la herramienta permita generar facturas en PDF o imprimir tickets. El proveedor deberá asegurar que el programa cumple los requisitos técnicos y disponer de la correspondiente declaración responsable.
Antes de contratar una solución nueva conviene solicitar por escrito información sobre:
- La adaptación del programa a los requisitos del reglamento.
- La modalidad que utilizará: VERI*FACTU o no verificable.
- La fecha prevista de actualización.
- La inclusión del código QR en las facturas.
- El almacenamiento y la recuperación de los registros.
- Los posibles costes adicionales.
- La importación de clientes, productos y facturas anteriores.
- El funcionamiento cuando no haya conexión a internet.
También es recomendable revisar la organización interna. Los cambios afectarán a la forma de corregir errores, emitir facturas rectificativas, recuperar documentos y registrar operaciones.
La nueva normativa no pretende impedir que se corrija una factura equivocada. Lo que evita es que una operación pueda eliminarse o modificarse sin que quede rastro de lo ocurrido.
Una aplicación gratuita para negocios con pocas facturas
La Agencia Tributaria dispone de una aplicación gratuita de facturación en su sede electrónica. Está orientada especialmente a autónomos, profesionales y empresas que emiten un número reducido de facturas y no necesitan un programa de gestión complejo.
La herramienta permite introducir los datos de la factura, generar el documento con su correspondiente código QR y remitir el registro a la Agencia Tributaria mediante la modalidad VERI*FACTU.
Puede ser una alternativa para actividades con una facturación sencilla. Sin embargo, puede resultar limitada para comercios con muchos tickets, empresas con varios empleados, negocios que gestionan inventario o profesionales que necesitan integrar presupuestos, pagos, contabilidad y relaciones con clientes.
Cada empresa debe valorar si la aplicación gratuita cubre realmente sus necesidades o si necesita mantener un programa comercial adaptado.
La jornada informativa celebrada en Sanse en 2025
San Sebastián de los Reyes acogió el 21 de noviembre de 2025 una jornada informativa dirigida a empresas, autónomos y comercios locales.
La sesión se celebró en el Centro Municipal de Formación Marcelino Camacho y abordó el funcionamiento de los nuevos sistemas de facturación, las obligaciones previstas y los pasos necesarios para adaptar los programas.
La información disponible en aquel momento situaba la entrada en vigor durante 2026. Esos plazos fueron ampliados posteriormente, por lo que las fechas explicadas inicialmente en la jornada ya no son válidas.
La nueva referencia es enero de 2027 para las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades y julio de 2027 para el resto de empresarios y profesionales afectados.
La ampliación ofrece margen para prepararse, pero los negocios de San Sebastián de los Reyes deberían comprobar durante los próximos meses si su programa será actualizado, qué modalidad utilizará y si necesitarán cambiar su forma habitual de emitir y corregir facturas.
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